Gaceta Oficial 38920 del 29 Abril 2008
SUMARIO
ASAMBLEA NACIONAL
Ley Aprobatoria del Acuerdo de Cooperación en Materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria entre la República Bolivariana de Venezuela y la República Argentina.Ley Aprobatoria del Acuerdo Cultural entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Belarús.
Acuerdo en respaldo a las Acciones del Estado Venezolano para la Nacionalización de la Industria Siderúrgica del Orinoco, Sidor, por ser un Recurso Estratégico para el Desarrollo Nacional.
Acuerdo en Solidaridad con el Pueblo y el Gobierno Boliviano.
Acuerdo que declara de utilidad pública e interés social, el «Centro de Producción Siderúrgico del Orinoco».
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto 6043, que dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Sobre Condecoración «Orden al Mérito en el Trabajo».Decreto 6044, que acuerda un Crédito Adicional, al Presupuesto de Gastos 2008 del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas.
Decreto 6045, que acuerda un Crédito Adicional, al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior.
Decreto 6046, que acuerda un Traspaso de Créditos Presupuestarios al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura.
Decreto 6047, que acuerda una rectificación al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura.
Decreto 6048, que acuerda una rectificación al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura.
Decreto 6049, que acuerda una rectificación al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES
Resolución que constituye con carácter permanente dos (2) Comisiones de Contrataciones en atención a las modalidades de selección de contratistas, que conocerán de los procedimientos relacionados con la selección de contratistas para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras concernientes a este Ministerio.MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
Resolución que fija en treinta y tres coma cinco por ciento (33,5%) la tasa anual de interés a cobrar por el Banco Central de Venezuela en sus operaciones de descuento, redescuento y anticipo, con excepción de lo dispuesto en el artículo que en ella se indica.Resolución por la cual los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras regidos por el Decreto con Fuerza de Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras y demás leyes especiales, no podrán cobrar por sus operaciones activas, excluidas aquellas relacionadas con tarjetas de créditos, una tasa de interés anual o de descuento superior a la tasa fijada periódicamente por el Directorio del Banco Central de Venezuela.
Resolución por la cual los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras regidos por el Decreto con Fuerza de Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras y demás leyes especiales, no podrán cobrar por sus operaciones activas con tarjetas de créditos, una tasa de interés anual superior a treinta y tres por ciento (33%) ni inferior a diecisiete por ciento (17%).

